¿Quiénes pueden hacer uso de la opción de cambio?

Titulares afiliados activos incluidos en una Obra Social Sindical (Ley 23.660, art. 1, inc. a) en su carácter de trabajadores en relación de dependencia, con retribuciones no inferiores a $13856.92 desde 01/03/2021 y que no hayan ejercido opción de cambio dentro del último año.

¿Qué requisitos debo cumplir para hacer uso del derecho de Opción de Cambio de Obra Social?

– Ser beneficiario titular activo de una Obra Social u otro Agente del Sistema Nacional del Seguro de Salud.
– Percibir un salario superior a 2 bases mínimas ($ 6928,46 x 2) = $13856,92
– Acompañar la documentación requerida.

¿Cómo se realiza el trámite?

Los titulares podrán realizar vía on line su trámite de opción de cambio de Obra Social, desde la página web de la Superintendencia de Salud.

Para más información consultá con un asesor haciendo click aquí.

Documentación requerida para concretar la afiliación

Con la solicitud debidamente integradas el beneficiario opcionalmente deberá presentar:

Afiliado Titular

– Fotocopia del último recibo de haberes del titular, si tiene pluriempleo uno por cada empleo. Todos los recibos que se presenten deberán ser del mes inmediato anterior al ejercer la opción, o los dos últimos si es del mes de aguinaldo (SAC).

– Fotocopia de las dos primeras hojas del DNI.

– Firma de notificación de prestaciones excluidas (a proporcionar por el promotor).

– Constancia de CUIL.

Para la inclusión del cónyuge

– Fotocopia del acta de matrimonio o de la libreta de matrimonio. Si es libreta de matrimonio, fotocopia de las dos primeras hojas del DNI. Constancia de CUIL.

En caso de concubinato

– Información Sumaria Testimonial de Juzgado de Paz o Unión Convivencial ante Registro Civil.

– Constancia de CUIL de la concubina.

En caso de hijos

– Fotocopia de la partida de nacimiento.

– Si en la partida no figura el DNI, fotocopia de las hojas 1 y 2 del DNI.

– Constancia de CUIL de cada uno de los hijos.

En caso de hijos mayores de 21 años y hasta 25 años que cursen estudios regulares, además de la documentación requerida correspondiente a hijos:

– Constancia de alumno regular correspondiente al ciclo lectivo en curso, la que deberá ser renovada en forma anual antes del 30 de abril de cada año.

– No se aceptan certificados de cursado correspondientes al año lectivo anterior.

Voluntarios y monotributistas, consultar requisitos de afiliación.

*Para más información consulte Preguntas Frecuentes ingresando aquí.

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