¿Quiénes pueden hacer uso de la opción de cambio?

Pueden realizar el trámite todos los trabajadores en relación de dependencia con derivación de aportes a una Obra Social Nacional Inscripta (Ley 23660 Art 1 Inc. a) cuya remuneración mensual sea superior a $ 151.866,02.


¿Qué requisitos debo cumplir para hacer uso del derecho de Opción de Cambio de Obra Social?

– Ser beneficiario titular activo de una Obra Social u otro Agente del Sistema Nacional del Seguro de Salud.
– Percibir un salario superior a 2 bases mínimas: $ 75.933,01 X 2 = $ 151.866,02.(*)
– Acompañar la documentación requerida.

(*) Nuevos topes (Calculados conformes Res. 390/2024 ANSES).


¿Cómo se realiza el trámite?

Los titulares podrán realizar vía on line su trámite de opción de cambio de Obra Social, desde la página web de la Superintendencia de Salud.

Para más información consultá con un asesor haciendo clic aquí.


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Documentación requerida para concretar la afiliación

Con la solicitud debidamente integradas el beneficiario opcionalmente deberá presentar:

Afiliado Titular

  • Foto/imagen del último recibo de haberes del titular, si tiene pluriempleo uno por cada empleo. Todos los recibos que se presenten deberán ser del mes inmediato anterior al ejercer la opción, o los dos últimos si es del mes de aguinaldo (SAC).
  • Foto/imagen del frente y dorso del DNI.
  • Firma de notificación de prestaciones excluidas (a proporcionar por el promotor).
  • Si sos de la actividad petrolera, descargá tu formulario de solicitud de afiliación aquí.

Para la inclusión del cónyuge

  • Foto/imagen del acta de matrimonio o de la libreta de matrimonio. Si es libreta de matrimonio, foto/imagen del frente y dorso del DNI. Constancia de CUIL.

Concubinato

  • Información Sumaria Testimonial de Juzgado de Paz o Unión Convivencial ante Registro Civil.
  • Constancia de CUIL de la concubina.

Hijos

  • Foto/imagen de la partida de nacimiento.
  • Si en la partida no figura el DNI, foto/imagen del frente y dorso del DNI.
  • Constancia de CUIL de cada uno de los hijos.

Hijos mayores de 21 años y hasta 25 años que cursen estudios regulares, además de la documentación requerida correspondiente a hijos:

  • Constancia de alumno regular correspondiente al ciclo lectivo en curso, la que deberá ser renovada en forma anual antes del 30 de abril de cada año.
  • No se aceptan certificados de cursado correspondientes al año lectivo anterior.

Voluntarios y monotributistas, consultar requisitos de afiliación.

*Para más información consulte Preguntas Frecuentes ingresando aquí.